martes, 27 de septiembre de 2011

ARTÍCULO DE OPINIÓN Cateos sin orden del juez

Cateos sin orden del juez
Por Víctor Armas Zagoya 
@vicarmaszagoya

Dentro de la iniciativa enviada por el Titular del Poder Ejecutivo Federal al Congreso de la Unión respecto de la creación del nuevo Código Federal de Procedimientos Penales, existen puntos que generan controversia por resultar violatorios a los Derechos Humanos plasmados en nuestra Carta Magna y en los Instrumentos Internacionales que México se ha comprometido a cumplir, particularmente la pretensión del Ejecutivo sobre realizar cateos domiciliarios sin autorización de la autoridad jurisdiccional, aduciendo una necesidad de emergencia policial o por denuncia anónima. 

Es importante señalar que la propuesta del nuevo ordenamiento adjetivo penal federal se inscribe en el compromiso de que en el fuero federal se implemente el nuevo sistema de justicia penal, el cual según los dispuesto en el artículo 20 de nuestra Constitución Política indica que será acusatorio y oral, en el que deben regir principios de publicidad, inmediación, continuidad y contradicción; además señala en su fracción IX que cualquier prueba obtenida con violación de derechos fundamentales será nula, es decir que la prueba obtenida durante el posible cateo sin autorización del Juez, no podrá ser presentada durante las audiencias de desahogo probatorio en las audiencias preliminares y en los alegatos del Juicio Oral, pues dicha prueba carecería de validez por haber sido obtenida de manera ilícita.

Continuando con el precepto Constitucional el apartado B fracción I señala el derecho que guarda toda persona imputada a que se presuma su inocencia mientras no se compruebe mediante sentencia de un Juez lo contrario. La propuesta de efectuar cateos sin una orden emitida por una autoridad jurisdiccional, no sólo atenta contra las garantías plasmadas en nuestro máximo ordenamiento sino que es violatorio a los establecido en los Tratados Internacionales que el Estado Mexicano ha suscrito y está obligado a atender, tales como la Convención Americana de Derechos Humanos firmada en San José de Costa Rica en 1969; el cateo sin orden del juez sería contrario a lo dispuesto en su artículo 7 , el cual señala el derecho a la libertad y seguridad personales; el artículo 8 inciso 2 sobre el derecho de toda persona inculpada a que se presuma su inocencia. Además sería contrario a lo dispuesto en el Pacto Internacional sobre Derechos Civiles y Políticos en su artículo 14 inciso 2 sobre presunción de inocencia; 17 inciso 1 y 2 sobre el derecho que tienen las personas a la protección para no sufrir injerencias arbitrarias en su domicilio.

De aprobarse la iniciativa del Ejecutivo sin modificaciones, al momento de llevarse a cabo los cateos sin orden de la autoridad jurisdiccional, se estaría violando el Artículo 16 Constitucional el cual señala que nadie puede ser molestado en su domicilio sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del cateo; en el párrafo 11 del mandamiento señalado indica que sólo la autoridad judicial podrá expedir a petición del Ministerio Público toda orden de cateo, y que ésta debe expresar el lugar que ha de inspeccionarse, la persona o personas que hayan de aprehenderse y los objetos que se buscan, a lo que únicamente debe limitarse la diligencia, levantándose al concluirla, un acta circunstanciada, en presencia de dos testigos propuestos por el ocupante del lugar cateado o en su ausencia o negativa, por la autoridad que practique la diligencia.

Es menester subrayar que la iniciativa ha encontrado resistencia y apoyo en integrantes de ambas Cámaras del Congreso de la Unión, los legisladores que apoyan la iniciativa la enmarcan en la necesidad de dotar al Ministerio Público y a los cuerpos de seguridad pública de instrumentos eficaces para el combate a la delincuencia, el diputado priísta Arturo Zamora afirma que el cateo sin orden judicial "puede ayudar a contribuir a revertir el rezago judicial y la impunidad en el País". Para el Senador Tomás Torres Mercado "de aprobar la iniciativa de Calderón, sería una regresión de 100 años en la impartición de justicia", considera que con esta medida se persiste en la instauración de un "Estado policiaco".

Está claro que el contexto de violencia e inseguridad que padecemos en México influye en la producción de leyes-acto por presión de intereses políticos y económicos; bajo el signo de emergencia y la excepción el Titular del Ejecutivo Federal incluyó esta acción en el proyecto del nuevo Código Federa de Procedimientos Penales, la disyuntiva es ¿cada vez ganamos más herramientas para combatir a la delincuencia o cada vez perdemos derechos y garantías? Estimado lector, Usted tiene la última palabra.

Imagen tomada de Internet.

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